Comision Permanente de contralores Estados - Federacion Asociacion Nacional de Organismos de Fiscalizacion Superior y Control Gubernamental Secretaria de la Funcion Publica Auditoria Superior de la Federacion

La idea de integrar un Sistema Nacional de Fiscalización (SNF) surge de la necesidad de formar un frente común, en todos los órdenes de gobierno y desde todos los ámbitos de análisis, para examinar, vincular, articular y transparentar la gestión gubernamental y el uso de los recursos públicos, con el fin de mejorar sustancialmente la rendición de cuentas a nivel nacional.

Se puede afirmar que, en principio, en México existe un amplio nivel de control y supervisión, tanto al interior como al exterior de los distintos órganos que desempeñan funciones de gobierno. La Secretaría de la Función Pública, las Contralorías de las entidades federativas, la Auditoría Superior de la Federación, las Entidades de Fiscalización Superiores Locales, las Contralorías Municipales y las Contralorías Internas de los órganos constitucionalmente autónomos deberían de tener la capacidad de mantener una vigilancia permanente sobre el desempeño de los entes públicos.

La lucha contra la opacidad, la discrecionalidad y la corrupción es un tema central en el discurso público y en el debate nacional. Por consiguiente, se han tomado acciones orientadas a mejorar la vinculación y coordinación, considerando que la desvinculación de los órganos de fiscalización, las diferencias en cuanto a mandatos, marcos legales, planeación de revisiones, metodologías por aplicar e, inclusive, calendarios de entrega de resultados, limitan el alcance de sus esfuerzos y, por lo mismo, la efectividad de las labores de los órganos en materia de auditoría gubernamental.

Así, el 17 de febrero de 2010, durante la presentación del Informe del Resultado de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2008 ante la Cámara de Diputados, se mencionó por primera vez la necesidad de establecer un Sistema Nacional de Fiscalización (SNF).

El SNF, integrado por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, los Órganos Internos de Control de la Administración Pública Federal, las Entidades de Fiscalización Superiores Locales y los Órganos Estatales de Control, han trabajado durante seis años en los que se realizaron seis reuniones plenarias donde las partes en colaboración han llevado a cabo acciones de coordinación en materia de fiscalización.

En 2012, el SNF se alineó al cumplimiento de seis grandes metas acordadas por sus integrantes en la Tercera Reunión Plenaria, con la aprobación del Plan Estratégico 2013-2017[1]

Cabe destacar que, desde 2014, se invitaron a las contralorías internas de los organismos constitucionalmente autónomos para participar en las actividades del SNF. La inclusión de estas instancias permitió asegurar que los beneficios de la fiscalización se dirigieran a una mayor cobertura. Sin embargo, no es hasta 2015 que, en el marco del proceso legislativo que daría origen al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), se reconoció al SNF en el “Dictamen en Sentido Positivo a las Iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas Disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia del Sistema Nacional Anticorrupción”, que a la letra señaló: “El Sistema Nacional de Fiscalización, en términos del Proyecto, se inscribe como un subsistema consolidado y autónomo pero funcionando como eje central y pilar fundamental del Sistema Nacional Anticorrupción, de forma tal que las acciones emprendidas por el Estado para prevenir y sancionar la corrupción, no se llevarán a cabo en forma aislada o fragmentada, sino como un sistema integral articulado para prevenir y sancionar las responsabilidades administrativas y los hechos de corrupción, sea que éstas deriven del ejercicio indebido de los recursos públicos, o bien del incumplimiento de responsabilidades públicas que no se vinculan necesariamente con la hacienda pública.”[2]

Derivado de lo anterior y, considerando la aprobación de las reformas constitucionales que dan origen al SNA, el 22 de junio de 2015 se llevó a cabo el Relanzamiento del Sistema Nacional de Fiscalización, evento donde se firmaron las “Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización”,[3] mismas que constituyen el marco que permitió orientar el trabajo de los integrantes del SNF, durante el período de diseño, elaboración y aprobación de las leyes secundarias que establecen las bases de coordinación del SNF como subsistema consolidado y autónomo que funge como eje central y pilar fundamental del SNA. Por ello, en las bases referidas se señala la composición, objetivos y estructura del SNF, así como las atribuciones de sus integrantes.

Para consolidar lo anterior, el 18 de julio de 2016 se promulgó la legislación secundaria referente al SNA, misma que incluyó la publicación de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA),[4] en cuyo Título Tercero se señala la definición, integración y funcionamiento del SNF.

 

[1] Sistema Nacional de Fiscalización (SNF), Plan Estratégico 2013-2017, [en línea], SNF, México, 18 de octubre de 2012, Dirección URL: http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=52&mid=93&fileid=8.

[2] Cámara de Diputados, Dictamen en Sentido Positivo a las Iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia del Sistema Nacional Anticorrupción , Gaceta Parlamentaria, [en línea], LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, México, 26 de febrero de 2015, Número 4223-III, Año XVIII, en dirección URL: http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2015/feb/20150226-III.pdf.

[3] Sistema Nacional de Fiscalización (SNF), Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización, [en línea], SNF, México, 22 de julio de 2015, en dirección URL: http://www.snf.org.mx/SharedFiles/Download.aspx?pageid=213&mid=326&fileid=231.

[4] Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, [en línea], México, 2016, en dirección URL: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNA.pdf.