De conformidad con el artículo 37 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, son integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización:
- La Auditoría Superior de la Federación;
- La Secretaría de la Función Pública;
- Las Entidades de Fiscalización Superiores Locales, y
- Las secretarías o instancias homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas.
Es importante mencionar que el artículo 41 de la referida Ley señala que el Comité Rector del SNF podrá invitar a participar en actividades específicas del propio SNF a los órganos internos de control, así como a cualquier otra instancia que realice funciones de control, auditoría y fiscalización de recursos públicos.