Comision Permanente de contralores Estados - Federacion Asociacion Nacional de Organismos de Fiscalizacion Superior y Control Gubernamental Secretaria de la Funcion Publica Auditoria Superior de la Federacion

En la Quinta Reunión Plenaria del SNF, en noviembre de 2014, se planteó la posibilidad de que el entonces Grupo de Trabajo en Visión Estratégica, se transformará en un Comité Coordinador, encargado de orientar las labores del SNF con funciones como: elaborar un mapa de fiscalización a nivel nacional, detectar buenas prácticas administrativas, y hacer la vinculación con las labores del SNA, entre otras. Así, con la aprobación de las reformas constitucionales que dieron origen al SNA, y la firma de las “Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización”, se creó un Comité Rector, como el órgano supremo del SNF, con nueva membresía y atribuciones más definidas.

En este sentido el artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción estipula que el SNF contará con un Comité Rector conformado por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública y siete miembros rotatorios de entre las instituciones referidas que serán elegidos por periodos de dos años, por consenso de la propia Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación, y que el Comité Rector será presidido de manera dual por el Auditor Superior de la Federación y el titular de la Secretaría de la Función Pública, o por los representantes que de manera respectiva designen para estos efectos.