El artículo 39 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción estipula que el SNF contará con un Comité Rector conformado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG, antes Secretaría de la Función Pública) y siete miembros rotatorios de entre las instituciones referidas que serán elegidos por periodos de dos años, por consenso de la propia SABG y la ASF, y que el Comité Rector será presidido de manera dual por el Auditor Superior de la Federación y la titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, o por los representantes que, de manera respectiva, designen para estos efectos.
Para el periodo 2025-2027, las entidades que integran el Comité Rector son las que se visualizan en el cuadro siguiente:
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Comité Rector del SNF
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ASOFIS
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CPCE-F
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Auditoría Superior de la Federación
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Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
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Auditoría Superior del Estado de Chiapas
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Contraloría del Estado de Aguascalientes
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Auditoría Superior del Estado de Hidalgo
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Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Puebla
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Auditoría Superior del Estado de Sinaloa
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Secretaría de Contraloría del Estado de Michoacán de Ocampo
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Secretaría de la Función Pública del Estado de Chihuahua
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